LA SITUACIÓN DE LOS DERECHOS HUMANOS EN MÉXICO

 

Traducción inglés

 

 Durante el último año el Gobiemo mexicano ha llevado a cabo una serie de medidas que a los ojos de la opinión nacional e intemacional indicarían la voluntad del gobierno para dar pasos que ayuden a poner un alto a las violaciones de derechos humanos.1 A pesar de lo anterior, y a más de un año de que el Gobiemo mexicano dio a conocer el Programa Nacional de Promoción y Fortalecimiento de Derechos Humanos, la alarmante situación de los derechos humanos en México, reconocida por diferentes mecanismos intergubernamentales de derechos humanos, continua siendo grave.

 

La persistencia de las ejecuciones y desapariciones, la sistematicidad de la tortura y las detenciones arbitrarias, la perpetuación de la impunidad, la frecuente violación de la garantía al debido proceso, la falta de in.dependencia del Poder Judicial, la corrupción de los órganos de procuración de justicia, las recientes reformas penales que restringen aún más las garantías individuales, el aumento de la militarización de las corporaciones policíacas y de las zonas indígenas del país, especialmente Chiapas, la persistencia de la actuación de los grupos paramilitares y su impunidad, y los ataques a defensores de derechos humanos y periodistas, son motivo de gran preocupación.

 

En su reciente visita a México, la Alta Comisionada para los Derechos Humanos señaló que "En México se transgreden los derechos humanos en los niveles mds básicos.  Esto es, que existe un serio problema de la violación a las garantías individuales.  Todavía queda camino que recorrer para que la impunidad, los problemas de impartición de justicia, la exclusión de los grupos indígenas, la actividad de los grupos paramilitares, y los ataques contra los derechos humanos queden atrás.”  2

 

Las reformas que se han llevado a cabo, no han logrado disminuir los graves problemas de derechos humanos que se viven en México.  Por otro lado, la insistencia del Gobierno mexicano en negar estos problemas, cuestionan su verdadera voluntad para resolverlos y parecería indicar que en  parte, se han tomado las medidas mencionadas como una forma de mejorar la imagen gubernamental y evitar el escrutinio internacional. 3

 

 

Graves violaciones a los derechos humanos

 

Aún cuando las graves violaciones a los derechos humanos más difundidas han sucedido en estados como Chiapas y Guerrero, étas suceden a lo largo de todo el territorio nacional con mucha frecuencia,

 

 

a manos de los diferentes cuerpos policíacos y cada vez mds a menudo a manos de miembros del Ejército.  El contexto en el que ocurren dichas violaciones puede ser tanto la lucha contra el narcotráfico, la delincuencia común u organizada, o la contrainsurgencia.

 

El pasado 24 de agosto la Subcomisión de Promoción y Protección a los Derechos Humanos expreso su preocupación por la situación de los derechos humanos en México y las persistentes denuncias de tortura, ejecuciones extrajudiciales y desapariciones, así como las violaciones perpetradas contra las comunidades indígenas.'

 

Desapariciones y ejecuciones extrajudiciales

 

A pesar del alarmante increments de casos de desapariciones y ejecuciones en México en los, dltimos años y de recomendaciones de diferentes mecanismos de derechos humanos para poner fin a estas prácticas, durante el presente año continuaron presentándose con frecuencia casos de desaparición y ejecuciones, seguidas de impunidad.  A pesar de la recomendación hecha por la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), en septiembre de 1998, para tipificar la Desaparición Forzada como delito, a la fecha la Desaparición Forzada no ha sido tipificada.

 

Nuestro Centro ha seguido recibiendo denuncias de desaparición, la mayoría de las veces de corta duración, aunque en muchos casos han terminado en ejecución.' Por ejemplo, la desaparición el 10 de junio de 1999, del Sr.  José Hidalgo Pérez en San Cristóbal de Las Casas, Chiapas.  A raíz de la denuncia de su desaparición, sus familiares han recibido amenazas de muerte, que la autoridad se ha negado a investigar.  El 24 de junio fueron encontrados restos humanos presuntamente pertenecientes al Sr.  Hidalgo, sin que hasta la fecha se hayan presentado los resultados de los estudios de ADN.  Aunque las autoridades han identificado a un ex teniente de inteligencia militar como responsable material de la desaparición, hasta la fecha no ha sido detenido.

 

El 20 de abril de 1999, en Barrio Nuevo San José, Tlacoachistlahuaca, Guerrero, los indígenas Antonio Mendoza de 12 años y Evaristo Alvino desaparecieron después de dirigirse a su milpa.  Al día siguiente, sus familiares, Francisca Santos de 33 años y Victoriana Vázquez de 50 años, salieron a buscarlos, encontrando rastros de sangre en su parcela y siendo perseguidas por militates, quienes posteriormente las violaron.  El 7 de mayo, el juzgado se negó a recibir el Amparo por incomunicación a favor de los indígenas, argumentando que ellos "no eran una agencia de investigación", recibiéndolo sólo al cabo de 3 horas de insistencia por parte de este Centro Ese mismo día fueron encontrados sus cuerpos en el Servicio Médico Forense de Acapulco, Guerrero.  Aunque el Relator sobre Tortura recomendó en 1998 que los delitos graves perpetrados por personal militar contra civiles, deben ser conocidos por la justicia civil, 7   la Averiguación Previa por homicidio fue turrada al Ministerio Público Militar, como en todos los casos en que se han visto involucrados militates.

 

Tortura y detenciones arbitrarias

 

Diversos mecanismos de derechos humanos han señalado la práctica frecuente e incluso sistemática de la tortura y las detenciones arbitrarias en México.8 La CIDH sefialó que la relación entre la detención ilegal, y la violación a la integridad personal y a las garantías judiciales, no es circunstancial, ya que obedece a una actuación 1ógica de dependencia que surge en no pocos casos entre las autoridades administrativas y las jurisdiccionales. 9

 

Las recomendaciones hechas por estos y otros mecanismos de derechos humanos para atacar el problema de la tortura y las detenciones arbitrarias, como la recomendación de que sólo las declaraciones hechas ante el juez tengan valor probatorio,10 no han sido atendidas.  El 27 de julio pasado, el Comité de Derechos Humanos (CDH) expresó su preocupación de que en México sea posible imponer al acusado el peso de la prueba de que una confesión haya sido extraída por medio de la coerción, asf como que las confesiones extraídas de esta manera puedan ser usadas como evidencia contra el acusado.11

 

Durante el presente año, continuaron realizándose numerosas detenciones arbitrarias y la tortura siguió forinando parte de los interrogatories policíacos y militates.  Las declaraciones obtenidas bajo tortura siguieron usándose constantemente como prueba en los procesos judiciales.

 

El 2 de mayo, miembros del Ejército dispararon contra la población de Pizotla, Guerrero, dejando un saldo de una muerte y la detención arbitraria y tortura de Rodolfo Montiel y Teodoro Cabrera, campesinos ecologistas.  Durante los 5 días que permanecieron detenidos en las instalaciones militates fueron torturados por miembros del Ejército y obligados a firmar declaraciones autoinculpatorias en presencia del Ministerio Público que acudió al 40 Batallón Militar en Altamirano, Guerrero a tomar la declaración de los detenidos.  A pesar de retractarse de sus declaraciones ante el Juez, denunciando la tortura sufrida, se les consignó usando dichas declaraciones como prueba.

 

El 1 de junio fueron detenidos el promotor de derechos humanos Manuel Pérez, el campesino Jesús Hernández y el Sacerdote Jerónimo Hemdndez en un retón del Crucero Pifial, en Chilón, Chiapas por un grupo de aproximadamente 200 priístas,12 quienes los interrogaron en presencia de diversas autoridades municipales y estatales.  Manuel fue además golpeado por los priístas y 3 policías rurales.  El padre Hernández fue liberado y a Manuel y Jesús se les dictó auto de formal prisión 10 dfas después de su detención, en un proceso plagado de irregularidades y pennanecieron en prisión hasta el 29 de junio, cuando fueron liberados por falta de pruebas.

 

Sistema de impartición y procuración de justicia

 

La falta de una reforma profunda al sistema de impartición y procuración de justicia es una de las causas de que se sigan cometiendo violaciones a los derechos humanos.  El Ministerio Público depende directamente del Poder Ejecutivo y se le ha otorgado una serie de facultades que exceden de sus funciones de órgano investigador y donde actúa como autoridad, juez y parte.  Por otro lado, como lo señaló la CIDH, a pesar de los avances realizados, mientras el Poder Ejecutivo continue conservando una preponderancia de facultades regales y extralegales sobre el Poder Judicial, se dificultard en México la consolidación de tribunales independientes e imparciales, ademds de que la misma estructura constitucional de los tribunales pone en duda la auténtica independencia de éstos respecto al Poder Ejecutivo.13 El resultado de esta dependencia es una tendencia a dictar sentencias a favor de los intereses del Estado, y que la ley siga siendo utilizada selectivamente por motivos politicos.

Recientemente el CDH señaló como una amenaza seria a la seguridad de las personas el efecto combinado de aplicar a Ley Nacional de Seguridad Pública, la Ley sobre Delincuencia Organizada y la ampliación del concepto de "flagrancia" y el tiempo que pueden permanecer detenidos ante el Ministerio Público, y deploró el hecho de que los detenidos no tengan acceso a un abogado antes de presenter su declaración Ministerial.  Al mismo tiempo señaló que el procedimiento criminal aplicado en México obstaculiza el cumplimiento cabal del artículo 14 del Pacto de Derechos Civiles y Políticos, que exige que el juicio se realice ante el juez, en presencia del acusado y con publicidad. 14

 

A pesar de los señalamientos anteriores y las recomendaciones hechas por los distintos mecanismos de derechos humanos, éstas no sólo no se han cumplido sino que las reformas recientes, han ido en sentido contrario a las mismas.  Las características fundamentales de estas reformas son: a) se han aumentado las penas; b) se han otorgado más facultades a las instituciones de procuración de justicia; y c) se han reducido garantías judiciales en perjuicio de los gobemados.

 

Estas reformas justifican o encubren el actuar ineficiente e ilegal de las autoridades, en vez de remediar las irregularidades cometidas y los vicios persistentes.  Cuando este Centro ha recuffido a instancias gubemamentales para subsanar violaciones a los derechos humanos, generalmente nos hemos encontrado con la imposibilidad de hacerlo.

 

La Alta Comisionada señaló que en México existe un serio problema de violación a los derechos humanos y que esto obliga a modificar la legislación y superar deficiencies que existen en la procuración de justicia.  15

 

Por ejemplo, cuatro indígenas mixtecos detenidos después de la masacre del Charco, en Guerrero en 1998, obtuvieron un Amparo por la detención ilegal de que fueron objeto.  Pasados 35 días de la resolución del Amparo, la jueza que Ilevaba el proceso no lo habia cumplido,16 por lo que este Centro interpuso una queja administrative contra dicha jueza ante el Consejo de la Judicatura.17 Cuatro meses después de interpuesta la queja, dicho Consejo la desechó por considerar que la jueza no incuffi6 en falta alguna, aduciendo a su carga excesiva de trabajo.

 

lmpunidad

 

La impunidad, resultants de las deficiencies y corrupción en el Ministerio Público, las policías y el propio Poder Judicial representa  una seria violación al derecho a la justicia, y es una de las situaciones más generalizadas en el país.  En relación a la impunidad de los derechos humanos, son relativamente pocos los casos en los que se ha sancionado penalmente a autoridades que los han violado.  En casi todos ellos ha sido necesario una recomendación de la CNDH 18 o la presión nacional e intemacional para que esto suceda.19

El CDH mencionó como motivo de preocupación que los actos de tortura, desapariciones forzadas y ejecuciones extrajudiciales no hayan sido investigados, que los responsables no hayan sido enjuiciados, ni las víctimas indemnizadas y manifestó su profunda preocupación por la inexistencia de procedimientos institucionalizados para investigar las alegaciones de violaciones de derechos humanos cometidas por militates y por fuerzas de seguridad y que como consecuencia de ello, estas alegaciones no hayan sido investigadas. 20

 

Por su parte la CNDH ha mencionado que 3,118 servidores públicos han sido sancionados por motivo de sus recomendaciones o procedimientos de amigable composición.  Sin embargo, de éstos solamente se ha ejercitado acción penal contra 882, sin poder conocer si se ha liberado orden de aprehensión, han sido detenidos o han sido juzgados. 21

 

Por ejemplo, en el caso de la masacre de 17 campesinos a manos de la policía estatal ocurrido en 1995, en Aguas Blancas, Guerrero, en abril pasado, 15 de los policías que participaron en la masacre fueron absueltos, lo mismo que el ex primer Subprocurador de Justicia, Rodolfo Sotomayor, acusado de homicidio, lesiones y ejercicio indebido del servicio público, debido a la mala integración de la Averiguación Previa.  Nunca se investigó por responsabilidad del entonces gobernador del estado, Rubén Figueroa, como lo fue solicitado por la Suprema Corte de Justicia de la Nación y la CIDH.

 

En el caso de la masacre de 45 indígenas en Acteal, ocurrida el 22 de diciembre de 1997, el 19 de julio pasado, en el marco de la visita de la Relatora sobre Ejecuciones, fueron condenados a 35 afios de prisión 20 indígenas que participaron en la misma.  Esto contrasts con la sentencia de 2 años que recibió el ex militar que entrenó al grupo paramilitar que perpetró la matanza y con los tres años, nueve meses a los que se condenó a diez ex policías que permitieron la masacre y transportaron las armas de los agresores.  Los autores intelectuales siguen impunes y no hay Iinea de investigación relacionada con la responsabilidad del Ejército y los altos funcionarios del Gobiemo que se presume participaron en la planeación, dotación de armaments, entrenamiento y encubrimiento de este grupo paramilitary

 

Durante su visita a México, la Relatora Especial sobre Ejecuciones señaló que la impunidad es el aspecto más preocupante en México.  22

 

Militarización

 

La militarización del país considerada ya como grave y que ha traido consigo el increments de las violaciones a los derechos humanos cometidas por las fuerzas armadas, ha ido en aumento durante los últimos meses.  La CIDH recomendó la revisión de la Ley General que Establece las Bases de Coordinación del Sistema Nacional de Seguridad Pública.23  Sin embargo, no sólo no se ha hecho una

revisión de dicha Ley, sino que se ha seguido incorporando a militates en funciones de seguridad pública.  Tal es el caso de la incorporación de 5,000 militates a la reción creada Policía Federal Preventiva en julio de 1999.  El 16 de septiembre pasado, Mayolo Medina, Secretario Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública declaró que para mejorar el servicio de seguridad pública en el país es necesario militarizar todos los cuerpos policíacos. 24

 

En numerosas partes del país existen retenes militares, ya sea en carreteras, autopistas y en caminos rurales, se han instalado una gran cantidad de campamentos móviles y permanentes en las afueras de las comunidades y constantemente se efectúan operatives policíaco-militares.  El CDH manifestó su preocupación por la "creciente intervención de los militates en la sociedad, especialmente en los estados de Chiapas, Guerrero, y Oaxaca, donde desarrollan actividades propias de las fuerzas policiales", además de señalar que "pese a no haberse proclamado el estado de emergencia en zonas de conflicto, la población ha sido sometida a las mismas derogaciones de sus derechos, como por ejemplo los puntos de control que impiden la libertad de circulación".' Recientemente el Comité de los Derechos del Niño expresó su preocupación por las amenazas al derecho a la vida de los niños y niñas causadas por el grado de militarización en el Estado parte. 26   En  Chiapas los militates realizan funciones policíacas, de migración, de asistencia a la salud, etc.

 

Al mismo tiempo, un gran número de militates "con licencia" encabezan varias Procuradurías estatales y delegaciones estatales de la Procuraduría Federal de la República.  Recientemente ha sido nombrado el General Guillermo Alvarez Nara como director de la Policía Judicial Federal.  Según un Anexo del último Informe de Gobierno del Presidente Zedillo, la Secretaría de la Defensa Nacional (SEDENA) participó en la profesionalización, capacitación y adiestramiento de 15,722 elementos de diferentes cuerpos policíacos del país.  Actualmente existen mandos militates en las policfas en 28 de las 32 entidades del pais. 27  La Alta Comisionada señaló que es verdaderamente necesario reducir el rol de los militates, sobre todo en relación a las funciones policiacas.  28

 

Ataques a defensores de derechos humanos y periodistas

 

Según la Fraternidad de Reporteros de México, de 1997 a la fecha, 16 periodistas han sido asesinados en el país y sus asesinatos se encuentran impunes.  En la Ciudad de México, el 70 por ciento de reporteros, fotógrafos y camarógrafos de prensa afirman haber sufrido al menos una agresion o represalia en el ejercicio de su función. 29 Recientemente trabajadores de un canal de televisión local en Chiapas denunciaron amenazas contra su integridad física por parte del Coordinador de Comunicación

Social del Gobierno Estatal, Manuel de la Torre, debido a los cuestionamientos que han hecho sobre la política del Gobernador.30

 

El grado de hostilidad que han enfrentado los defensores de derechos humanos ha sido subrayado como motivo de preocupación tanto por la CIDH, la Relatora sobre Ejecuciones, la Subcomisión de Promoción y Protección a los Derechos Humanos, como por la Alta Comisionada para los Derechos Humanos.31

Casos recientes como la serie de amenazas, hostigamiento, persecución, interferencia telefónica, allanamiento e intento de homicidio que padecen los integrantes del Centro de Derechos Humanos Miguel Agustín Pro, en especial la abogada Digna Ochoa y Plácido quien fue interrogada durante 9 horas por individuos no identificados que irrumpieron en su casa el 28 de octubre pasado y quienes la dejaron amarrada junto a un tanque de gas abierto, son de extrema preocupación.  Otros defensores de derechos humanos que han sido amenazados u hostigados han sido Abel Barrera del Centro de Derechos Humanos de la Montaña, Guerrero, el equipo de Ciudadanos en Apoyo a los Derechos Humanos en Nuevo León, el padre José Rentería del Centro de Derechos Humanos Nu´u ji Kandii, en Oaxaca, Juan López Villanueva, abogado del Centro de Derechos Humanos "Fray Bartolomé de Las Casas, amenazado de muerte en diciembre pasado, entre otros.  Por otro ]ado, dos investigadores que escriben sobre las Fuerzas Armadas fueron amenazados el 28 de septiembre pasado.  Adicionalmente, las intervenciones telefónicas a los organismos civiles son comunes.32

 

Al mismo tiempo, continúa el patrón de conducta gubemamental de expulsar enviados de ONG extranjeras que han venido a constatar la situación de los derechos humanos.  Ademds, a pesar de que el Gobierno anunció públicamente que modificaría los requisites para otorgar visas a observadores de derechos humanos, impuestos en 1998, no ha modificado dichos requisites.  El CDH se mostró preocupado por "los obstdculos a la libre circulación de extranjeros, principalmente de los miembros de las Organizaciones No Gubernamentales que investigan violaciones de derechos humanos en el territorio mexicano y, en particular, de que se hayan revocado permisos de residencia y que se hayan negado visados por los mismos motivos". 33

 

La Situación en Chiapas

 

Paramilitares

 

Hasta la fecha, el Gobierno mexicano continua negando la existencia de grupos paramilitares en México.  Sin embargo, ésta ha sido señalada tanto por la CIDH, el Comité para la Eliminación de la Discriminación Racial, el Comité sobre Derechos Económicos, Sociales y Culturales, como por la Alta Comisionada para los Derechos Humanos. 34  Aunque existen denuncias de la actuación de estos grupos en Chiapas desde 1995, hasta la fecha no se han investigado a fondo y no se han desmantelado, a pesar del gran despliegue policíaco y militar que existe en Chiapas.  La Alta Comisionada seiialó que "parecería que algunos de estos grupos gozan de cierto grado de indulgencia oficial". 35

La importancia de los grupos paramilitares dentro de las tácticas de contrainsurgencia del Estado estd descrita en el documents oficial 'Plan de Campaña, Chiapas 1994', el cual salió a la luz pública en enero de 1998.  Según dicho Plan, el objetivo principal de contrainsurgenca del Ejército es "romper con la relación de apoyo mutuo que existe entre la población y los delincuentes Zapatistas." Para conseguir esta meta, el ejército "asesorará y ayudará a las fuerzas de autodefensa y otras organizaciones paramilitares.... Y en el caso de que no existieran tales fuerzas, las creará." Asimismo, el "Manual de Guerra Irregular" del Ejército mexicano, describe un operative contrainsurgente con dos vertientes: el control de la población civil mediante agresiones físicas y psicológicas, y ataques tácticos contra la guerrilla.  La primera de éstas, "como se podrá apreciar... no es un operative militar clásico, y por lo tanto podría ser realizado por personal civil o militar con la asesoría, dirección y coordinación del comando militar local, mientras que los operatives tácticos de contraguerrilla serán realizados por persona militar o militarizado".

 

En la investigación que realiza la Procuraduría Federal en relación a la masacre de Acteal, se ha informado que 16 grupos civiles armados, están siendo investigados en Chiapas.  Sin embargo, en el Libro Blanco de Acteal 36 sobre dicha masacre, se atribuye la causa de la muerte de 45 indfgenas a conflictos intercomunitarios, sin una sola mención de participación paramilitar.  El intento de deslindar al Ejército Mexicano de los hechos ha llegado al absurdo de afirmar que el soldado detenido por entrenar al grupo paramilitar responsable, no lo hacia en su carácter de militar, ya que se encontraba de vacaciones.

 

Dentro de las investigaciones del caso Acteal, existen diferentes declaraciones de funcionarios detenidos o investigados en relación a los hechos que indicarían la comprobación de que el grupo que realizó la masacre, es un grupo paramilitar, promovido, apoyado y protegido por autoridades civiles y militates.  Estas declaraciones no han sido subrayadas por la Procuraduría en los resultados que ha hecho públicos de sus investigaciones.

 

Ex elementos de Seguridad Pública admitieron que utilizaron vehículos oficiales para el traslado de armas 37 y que por órdenes superiores permitieron, toleraron y protegieron a los indígenas priístas de Chenalhó 38 cuando dstos se encontraban armados.  Dijeron que el Capitán Germán Parra, a cuyo mando  se encontraba la Base de Operaciones Mixtas (BOM), 39  era quien directamente les ordenaba devolver las armas decomisadas y proteger a los priístas.  Por su parte, el ex agente del Ministerio Público, Roberto Arcos, corroboró lo dicho por los policías y aseguró que los militates lo tenían amenazado por lo que en diversas ocasiones no pudo impedir que el Capitán Parra devolviera las armas y dejara en libertad a quienes las portaban 40  y que cuando él fomaba parte de la BOM de esa zona, los altos mandos castrenses se negaron a actuar en contra de varios grupos detectados que portaban armas de alto poder. 41

 

Por otro lado, en los ú1timos meses ha habido una división intema, por cuestiones de manejo de recursos, en el grupo paramilitar Paz y Justicia.  El campesino Pedro Hernández, ex integrante del grupo paramilitar Paz y Justicia, ha denunciado que con el apoyo de policias y soldados, "los paramilitares vigilan los caminos, cobran impuestos, emboscan, roban bienes de los campesinos opositores, amenazan y asesinan a quienes no los apoyan" y que utilizan el dinero de programas gubemamentales lipara comprar armas".  La misma organización informó que habría enfrentamientos si no se resuelven los problemas de división de esta organización.  A finales de agosto pasado Sebastían Gómez Ramirez, desertor de dicha organización, fue asesinado y recibió un tiro de gracia.  El Secretario de Gobierno de Chiapas informó recientemente que se comprometió a entregar 11 millones de pesos a Paz y Justicia, a cambio de que las dos fracciones de dicha agrupación firmen un pacto de civilidad ya que el Centro de Investigación y Seguridad Nacional (Cisen) reveló que la situación en la Zona Norte del estado y los conflictos internos de Paz y Justicia eran problemas de seguridad

nacional. 42

 

Durante el presente año, decenas de actos de hostigamiento, amenazas, allanamientos, atentados, saqueos, lesiones y algunos homicidios y desapariciones perpetrados por grupos paramilitares o grupos simpatizantes priístas protegidos por autoridades, han sido registrados por este Centro.  En muchas de éstos se ha denunciado la participación conjunta de, policías con los grupos paramilitares, particularmente con Paz y Justicia y el Movimiento Indígena Revolucionario Antizapatista (MIRA), sin que dstas hayan sido investigadas.

 

Estrategia gubernamental

 

El 24 de febrero de 1999 fue aprobada por el Congreso del Estado de Chiapas la Ley de Amnistia para el Desarme de los Grupos Civiles de Chiapas. 44  En general, esta Ley de Amnistía pretende recompensar a los grupos paramilitares y guardias blancas, sin investigar y sin sancionar a los responsables directos de que estos grupos se hayan formado, armado y entrenado, ya que excluye la investigación de las personas o grupos que entreguen sus armas, por lo que no se podrá saber si quienes entregan sus armas pertenecen a un grupo paramilitar.  A pesar de que dicha Ley no ha sido aprobada a nivel federal , el gobierno estatal la ha estado aplicando en los hechos en ceremonies muy publicitadas de entrega de armas de supuestos desertores del EZLN, que según testimonies de varias comunidades son miembros de grupos paramilitares.

 

El 23 de abril el Gobierno de Chiapas mandó al Congreso Estatal la iniciativa de Ley de Remunicipalización 46  de manera unilateral, sin la participación del EZLN, y con la protesta generalizada de las comunidades involucradas. Dicha Ley fue aprobada y el 18 agosto pasado la mayoría priísta del Congreso chiapaneco nombró consejos municipales en las 7 nuevas circunscripciones territoriales, muchas de ellas en zonas de conflicto, pese al rechazo de los partidos de oposición.  Dichos consejos, sin tomar en cuenta la Constitución del Estado de Chiapas, gobernaran hasta el 31 de diciembre del año 2001.

 

El 9 de mayo el gobernador de Chiapas, Roberto Albores, puso en marcha la nueva Policía Rural, la cual cuenta con seis mil elementos en todo el estado, pertenecientes a las propias comunidades y que no puede dejar de recordar a las sombrías Patrullas de Autodefensa Civil de Guatemala.

 

El 30 de julio de 1999 entró en vigor la Ley de Derechos y Cultura Indígena del Estado de Chiapas, surgiendo también de forma unilateral por parte del Estado, por lo que no favorece una solución al conflicto chiapaneco. 47  Adicionalmente, al no haber sido aprobada por los partidos de oposición, y por lo tanto a no ser producto de un consenso en este sentido, ha generado mayor tensión y entorpecido el ambiente político para el diálogo. 48

 

A nivel federal, el 7 de septiembre pasado, el Secretario de Gobemación, Diódoro Carrasco, dio a conocer la propuesta del Gobierno Federal UN PASO MAS PARA SOLUCIONAR EL CONFLICTO EN CHIAPAS.  La carta abierta al EZLN contiene seis puntos, que a pesar ser un paso importante, 49 después de tres años de negociaciones suspendidas, y ante un proceso de sucesión presidencial que pasa por unas elecciones cuyos resultados son inciertos, -por primera vez en varias décadas- se ve con pocas posibilidades de tener éxito. 50  Lo más grave de esta iniciativa es que omite al Ejército Federal uno de los actores centrales en el conflicto chiapaneco, que ha protagonizado algunos de los episodios de mayor tensión en los últimos meses.  Asimismo, omite hablar de los grupos paramilitares en Chiapas.  Es necesario que haya un repliegue del Ejército a sus anteriores posiciones, así se propiciaría una distension real del conflicto y se abrirían posibilidades de diálogo, de otra manera el restablecimiento del diálogo es simplemente una quimera.

 

La Alta Comisionada reconoció como verdaderos y serios los problemas de militarización y el dolor que la presencia del Ejército ha causado en las comunidades indíenas y señló que le parecía importante que el gobierno considers como puede reducir la presencia militar en Chiapas.51 

Mientras tanto la estrategia militar para resolver el conflicto, lejos de haber sido abandonada, parece que no ha dejado de avanzar.  Quizás se trata de aislar y resolver a como dé lugar el conflicto en Chiapas, antes de las próximas elecciones presidenciales.  Así podrían ser interpretados los siguientes indicios: campaña permanents de hostigamiento y expulsión contra misioneros, periodistas, observadores de derechos humanos y cooperantes extranjeros; encarcelamiento de dirigentes sociales y promotores de derechos humanos mexicanos; fomento de divisiones internas de las comunidades, subordinación de la ayuda asistencial a las comunidades a una estrategia político militar; (condicionamiento político del apoyo, tentativas de mejoramiento de la imagen del Ejército Mexicano y legitimación de su presencia, etc.); increments de la presencia militar y avance militar sobre las comunidades; registros retenes, cateos y detenciones ilegales; fortalecimiento y expansión de los grupos paramilitares; desplazamiento masivo de habitantes de zonas indígenas, que aún en los campamentos siguen siendo

acosados.  52

La presencia militar se ha acentuado principalmente en las regiones Selva, Fronteriza, Altos y Norte de Chiapas, con el envio de 50 mil militates especializados en labores de contrainsurgencia e incorporados en la Fuerza de Tarea Arcoiris (grupo militar de élite que trabaja en Chiapas).  Só1o en los municipios de Las Margaritas, Altamirano, Ocosingo, La Trinitaria y La Independencia, en la zona de Las Caíadas, hay unos 37 mil soldados, o sea un militar por cada nueve personas, según el investigador Arturo Lomelí.53   Por otro lado, el Gobierno justifica sus gastos en infraestructura militar como si fuera un apoyo económico o programas de desarrollo que favorecen a las comunidades indígenas. 54  El respaldo y la justificación pública de la Secretaría de Gobernación a las incursiones militates es un dato que no puede pasar desapercibido.  Todo parece indicar que hablan de paz y preparan la guerra.55

 

 

Conclusiones y Recomendaciones

 

Este Centro reconoce los avances que implican las ratificaciones de instrumentos intemacionales de derechos humanos, algunos de los cuales han sido constants reclamo de las organizaciones civiles de derechos humanos.  Sin embargo, no podemos dejar de subrayar que a estos pasos les ha faltado pasar a la acción, sobre todo en el cumplimiento de las diversas recomendaciones de mecanismos intergubernamentales de derechos humanos.  En este sentido la buena voluntad del Gobiemo mexicano se encuentra cuestionada, ya que parecería que estas acciones han tenido más una intención de crear una imagen sobre dicha buena voluntad que la intención real de mejorar la situación.

 

La Alta Comisionada señaló que "En México, como un todo, hay un problema con la administración de justicia, ha habido un progreso considerable en firmar convenciones, en ratificarlas y tomar pasos para cambiar la legislación local.  Pero es la aplicación de la ley, el detalle de lo que pasa entre la policía y el fiscal, y luego el rol del juez en la corte es un problema de impunidad y mucha violencia, y abuso de la

 

policia y de los militates, violencia contra las mujeres, contra los migrantes y hay problemas en general que me preocupan". 56

 

El Programa Nacional de Promoción y Fortalecimiento de los Derechos Humanos, presentado por el gobierno Mexicano en diciembre de 1998, fue diseñado sin consulter ampliamente con la sociedad civil, y sin un diagnóstico previo y realista de la situación de los derechos humanos en México.  Además, dicho programa no contempla tiempos, ni formas de evaluación de las acciones planteadas, por lo que es difícil evaluar el contenido y efectividad del mismo.  Las recientes reformas para dar autonomía a la CNDH no tomaron en cuenta recomendaciones de mecanismos intergubemamentales de derechos humanos, para ampliar sus facultades a los derechos laborales y electorates y hacer sus recomendaciones vinculantes.

 

Por otro lado, es preocupante que el Gobiemo mexicano no haya autorizado la visita de la Misión Técnica" previa a la visita de la Alta Comisionada de Derechos Humanos, que hubiera permitido firmar el Programa de Cooperación Técnica entre la Oficina del Alto Comisionado y el Gobiemo mexicano.  En su lugar se firmó un Memorandum de Intención, postergando así  la posibilidad de dar pasos concretes en la solución a los graves problemas de derechos humanos que padece México.

 

La grave situación de los derechos humanos en México requiere:

 

"   La remoción de los militates de las tareas civiles y que en caso de violaciones a los derechos humanos de civiles por parte de miembros del Ejército, estos sean juzgados en el fuero civil.

"   La creación de un sistema judicial independiente en el cual se respete rigurosamente la presunción de inocencia de los detenidos y que incluya el establecimiento de una carrera profesional para los jueces, les brinde inamovilidad y elimine los nombramientos politicos.

"   La creación de cuerpos policiácos profesionales, que operen sin impunidad y que tengan una real capacidad de investigación.  Al mismo tiempo, asegurar una defensa adecuada para las personas de escasos recursos, aumentando el número de defensores de oficio, así como mejorando su preparación e ingresos.

"   La modificación de los requisites para la observación intemacional, para no crear obstáculos en el trabajo de los defensores de derechos humanos.

"   La investigación, desarme y castigo de los grupos paramilitares que operan en el país, así como el castigo a los autores materiales e intelectuales de la masacre de Acteal.

"   La salida del Ejército de las comunidades en Chiapas, cumpliendo la Ley para el Diálogo, la Conciliación y la Paz digna en Chiapas y creando las condiciones de distensión que permitan la reanudación del diálogo.

"   El cumplimiento por parte del Gobierno de los Acuerdos de San Andrés, aceptando la Ley elaborada por la Comisión de Concordia y Pacificación (COCOPA).

"   La implementación de las recomendaciones emitidas por los diferentes mecanismos de derechos humanos de la ONU y la OEA, asi como la homologación de la legislación nacional con los instrumentos intemacionales de derechos humanos.

"   La ratificación por parte de México de los instrumentos intemacionales que reconocen la competencia de los organismos intemacionales para examinar las violaciones individuales, incluyendo el Comité de Derechos Humanos de las Naciones Unidas, el Comité de las Naciones Unidas contra la Tortura y el Comité de las Naciones Unidas para la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación Racial, asi como la invitación al Relator Especial sobre Independencia de Jueces y Abogados y el Grupo de Trabajo sobre Detenciones Arbitrarias.58

 

Que se realice lo más pronto posible la visita de la Misión de Evaluación de Necesidades para el diseño del Programa de Asistencia Técnica entre la Oficina del Alto Comisionado y el Gobierno Mexicano, y que dicho Programa está dirigido a la raíz de los problemas de derechos humanos en México.

 

Hacemos un llamado a la comunidad nacional e intemacional para que expresen su reclamo para que los derechos humanos sean respetados y que exijan a las autoridades mexicanas el cumplimiento estricto de la ley y de los tratados internacionales en materia de derechos humanos.  Igualmente proponemos que organizaciones internacionales envien observadores y busquen posibilidades de mediación por parte de la comunidad intemacional en el conflicto en Chiapas.  También hacemos un Ilamado a la comunidad internacional para apoyar la creación de un Relator Especial de Naciones Unidas para México, a fin de impulsar el proceso ya iniciado de respeto y protección de los derechos humanos en nuestro país.

 

Miguel Agustín Pro Juarez, A.C.

 

 

1 Entre estas medidas se encuentran la aceptación de la jurisdicción de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, los cambios Constitucionales para dotar de autonomia a la Comisión Nacional de Derechos Humanos, la invitación y visita de la Relatora Especial sobre Ejecuciones y la Alta Comisionada para los Derechos Humanos a México, y la ratificación de la Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra la Mujer (Convención de Belem Do Pará) y de la Convención sobre la Protección de los Derechos de Todos los Trabaiadores Migratorios y sus Familiares.

 

2 Periódico Nacional La Jornada, 28 de Noviembre de 1999, p. 3

 

 3 La negativa persistente del Gobierno mexicano para cumplir con las recomendaciones de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) en relación a casos individuales, son una muestra de lo anterior.  La propia Secretaria de Relaciones Extedores, Rosario Green, insistió que en México no existe impunidad (cuando es el problema más reconocido tanto a nivel nacional como internacional) en el marco de la visita de la Relatora de Ejecuciones Extrajudiciales a México.  En este mismo contexto, el Comisionado para la Paz, Emilio Rabasa, negó que la masacre de Acteal fuera una ejecución, Reforma, 13 julio de 1999, p. 3 A.

 

4 Subcomisión de Promoción y Protección a los Derechos Humanos, Declaración del Presidente, La Situación de los Derechos Humanos en México, 24 de agosto de 1999.

5        Informe sobre la Situación de los Derechos Humanos en México, Comisión lnteramericana de Derechos Humanos, CIDH, Sepbembre, 1998, para. 687.

6 Por otro lado, en su Oltimo informe la CNDH reportó 14 denuncias de desaparición, mientras que tan sólo la Comisión Estatal de Derechos Humanos de Sonora (existen otras 31 Comisiones Estatales de Derechos Humanos en el país) recibió 9 denuncias de

desaparición vinculadas con elementos de la Policía Judicial Estatal de mayo de 1998 a mayo de 1999.  Periódico Nacional La Jornada, 20 de mayo de 1999, p. 52.

7          Informe del Relator Especial sobre Tortura.  Visita del Relator Especial a México. 14 de enero de 1998, E/CN.4/1998/38/Add.2 para. 88, j

8 Observaciones finales del Comité Contra la Tortura: México. 2 de Mayo 1997.  CAT A/52/44, par. 162, E/CN.4/1998/38/Add.2, 14 enero 1§98, para. 78 y CIDH, Septiembre, 1998, paras. 219, 291 y 305.

9  CIDH, septiembre, 1998, para. 219.

10 E/CN.4/1998/38/Add.2, 14 enero 1998, para. 88 d.

11      Observaciones del Comité de Derechos Humanos.  México, CCPR/C/79/Add.      109, 27 julio de 1999, para. 7.

12  Miembros del partido oficial, Partido Revolucionario Institucional (PRI).

13   CIDH, septiembre de 1998, paras. 56 y 394.

 

14   CCPR/C/79/Add. 109, 27 julio de 1999, paras. 1 0 y 1 1.

 

15   La Jornada, 28 de noviembre de 1999, p. 3

 

16   El tiempo límite para cumplirlo es de 24 horas.

 

17 Este Consejo fue creado por el Presidente Zedillo, al inicio de su mandato -después de remover a todos los miembros de la Suprema Corte de sus cargos- con el fin de investigar irregularidades del Poder Judicial y ha sido enarbolado por el régimen como su principal reforma a nivel judicial.

 

18 El relator sobre tortura señaló lo anterior con respecto a los casos de tortura.  E/CN.4/1998/38/Add.2, 14 enero 1998, para. 78.  La CIDH también lo señaló.  CIDH, septiembre 1998, para. 688.

 

19 Human Rights Watch solicitó durante 1998 en numerosas ocasiones a la Secretaria de Relaciones Exteriores y la Procuraduria General de la República (PGR) de México información relacionada con casos de derechos humanos que ellos consideraran exitosos.Ninguno de los dos organismos del Gobierno suministró a Human Rights Watch el nombre, ni mucho menos los detalles, de ningon funcionario público condenado por haber torturado, aunque si aportaron un total de ocho casos que demostraban algunos avances en el procesamiento de torturadores.  En diez de los 1 1 casos revisados por HRW, se puede decir que las organizaciones de derechos humanos se hicieron cargo del trabajo de investigación que los agentes del Ministerio Público no realizaron, y documentaron tanto la lentitud de la actuación o el encubrimiento de los hechos como las pruebas del abuso que las autoridades intentaron ignorar.  Sin embargo, ni siquiera este trabajo fue suficiente en ocasiones.  Abuso y Desamparo: Tortura, Desaparición Forzada y Ejecuciones Extrajudiciales en México.  Human Rights Watch.  Enero de 1999. 

 

20 CCPR/C/79/Add. 109, 27 julio de 1999, paras. 6 y 9

 

21 El mayor nomero de sanciones han consistido en inhabilitación (1, 1 93), seguidas de suspension (705) y amonestaci6n (506).  Las demás sanciones han sido destitución, inicio de averiguación previa, multa y arrestor Datos tornados de: "Lucha contra la Impunidad.  Junio 1990 - Diciembre 1998".  Comisión Nacional de Derechos Humanos, México, 1999.

 

22   La Jornada, p. 19 y NAP-Info/E/ Universal, 19 de julio de 1999.

 

23   Dicha Ley borra la especialización profesional entre las distintas policias y las fuerzas militates, y además afecta la autonomía del

 

Ministerio Público y debilita los resguardos institucionales contra los abusos de autoridad y violaciones a los derechos humanos, CIDH, septiembre de 1998, para. 680.

 

24  La Jornada, 17 de septiembre de 1999, p. 59.

25 CCPR/C/79/Add-109, 27julio de 1999, paras. 8 y 12.

26   Observaciones y Conclusiones del Comité de los Derechos del Niho: México. CRC/C/15/Add.112, 10 de Noviembre de 1999.

27   La Jornada, Suplemento dominical Masiosare, "De soldados a policias, el mapa nacional.  Los riesgos de la batalla militarizada",

Alberto Nájar, 15 de agosto de 1999.

 

28  La Jornada, 28 de noviembre de 1999, p. 3 y Reforma, 27 de noviembre de 1999, p. 8 A.

29   Crónica de Hoy, 7 de junio de 1999.

 

30   La Jornada, 29 septiembre de 1999, p. 58.

31 CIDH, septiembre 1998, para. 666; Informe del Relator Especial sobre Ejecuciones Extrajudiciales, Sumarias o Arbitrarias,

E/CN.4/1998/68/Add.1, diciembre, 1997, para. 282, Subcomisión de Promoción y Protección de los Derechos Humanos, Resolución 1998/4, 20 de agosto de 1998.  La Alta Comisionada señaló que en México resulta preocupante el tema de la seguridad de los defensores de los derechos humanos, de los abogados y los periodistas.  La Jornada, 27 de noviembre de 1999, p. 10

 

32 El 25 de febrero de 1999, Alejandra Chávez de la Secretaría de Gobernación se comunicó con el Secretario Técnico de la Red de Derechos Humanos "Todos los derechos para todos" para solicitarle la última página de un fax que no les había llegado completo.  Dicho fax, habia sido enviado exclusivamente desde la oficina del Centro de Derechos Humanos 'Fray Bartolomé de Las Casas" al Centro por la Justicia y el Derecho Internacional (CEJ IL) en Costa Rica el día anterior.

33 CCPR/C/79/Add. 1 09, 27 julio de 1999, para. 13.

 

34 CIDH, septiembre de 1998, para. 533 en Guerrero y para. 544 en Chiapas.  Observaciones Finales del Comité para la Eliminación de la Discriminación Racial: México, 15 de agosto de 1997.  CERD/C/304/Add.30, para. 12.  "Al Comité le preocupa la presencia de numerosas fuerzas militates y paramilitares en la comunidad indígena de Chiapas y en otros Estados de la región..." Observaciones Finales del Comité de Derechos Económicos Sociales y Culturales.  México.  E/C.12/l/Add. 41,8 de diciembre de 1999, par. 25, y declaraciones de la Alta Comisionada: "Todavia queda camino que recorrer para que la impunidad, los problemas de impartición de justicia, la exclusión de los grupos indígenas, la actividad de los grupos paramilitares, y los ataques contra los derechos humanos queden atrás".  La Jornada, 28 de Noviembre de 1999, p. 3.

35 La Jornada, 27 de Noviembre, 1999, p. 10.

 

36 Informe de la Procuraduría General de la República sobre las investigaciones del Caso Acteal, diciembre, 1998.

37 Periódico Nacional Reforma, 17 enero de 1999, p. 1. Once policias se encuentran sentenciados a 3 ahos, 9 meses por estos hechos.

38 Municipio de Chiapas donde se encuentra la comunidad de Acteal.

39  Integrada por policias pertenecientes a la Policia de Seguridad Pública, la Policia Judicial Federal y la Policia Judicial Estatal, además del Ejército.

40   También declararon que José Luis Orozco, director de Seguridad Pública y Jorge Enrique Hernández, Secretario General del Consejo de Seguridad Pública, daban órdenes semejantes a los comandantes policíacos.  La Jornada, 16 de febrero de 1999, p. 1 1.

41   Reforma, 1 1 enero de 1999.  Por su parte, Felipe Vázquez, sub-oficial de Seguridad Pública declaró que alrededor de unos 200 paramilitares militantes del partido oficial (PRI), sostuvieron una reunión privada en una casa en la comunidad Los Chorros con Jorge Gamboa Solis, ex Coordinador General de las Policías y que elementos de esa corporación montaron un operative en torno a la vivienda para proteger la reunión, 25 días antes de la masacre de Acteal, el 25 de noviembre de 1997.  A su vez, el General Julio César Santiago Díaz, deciaró que las armas utilizadas en la masacre fueron compradas por policías de Seguridad Pública en Guatemala y que los militates son contratados para dar entrenamiento a los indígenas que no simpatizan con el Ejército Zapatista de Liberación Nacional (EZLN).  Diario de Chiapas, 1 Ode febrero de 1999.

42  La Jornada, 5 de abril de 1999, p. 4; 6 de abril de 1999, p. 10; 1 de septiembre de 1999, p. 3; Cuarto Poder, 21 de julio de 1999; Expreso, I 1 de octubre de 1999.

43      Ver Servicio de Información Diaria sobre Derechos Humanos en México.  Sididh.  PRODH. 7, 16 y 29 de enero; 16, 24 y 26 de febrero; 9, 16 y 23 de marzo; 15, 16 y 28 de abril; 6, 11,13 y 26 de mayo; 28 y 29 de junio; 8, 13 y 19 de julio; 3, 27 y 30 de agosto; 7, 21, 28 y 30 de septiembre y 11 8 y 13 de octubre de 1999. hftp://www.sjsocial.org/PRODH

44   Esta Ley pretende perdonar de los delitos de posesión, portación, acopio de armas de uso exclusive del ejército y otros delitos que de estos se deriven, a todos aquellos grupos civiles armados con excepción del Ejército Zapatista de Liberación Nacional (EZLN) y grupos de corte paramilitar, que depongan y entreguen voluntariamente sus armas en un periodo de 120 dfas contados a partir de la entrada en vigor de dicha Ley.

45 Fue presentada a la Cámara de Diputados Federal el 24 de marzo de 1999.

46 Mientras que si hubo una demanda generalizada de crear de nuevos municipios, en los Acuerdos de San Andrés quedó plasmado que

esta remunicipalización iba a ser de forma consensada.

 

47 Al no ser producto de un consenso con los pueblos indígenas y con el EZLN, esta Ley viola el articulo 2:11 de la Ley para el Diálogo, la Conciliación y la Paz Digna en Chiapas, que plantea imperativamente "atender las causas que originaron el conflicto y promover soluciones consensadas a diversas demandas de carácter político, social, cultural y económico, dentro del Estado de Derecho y a través de las vías institucionales".

 

48 Entre las grandes carencias que sufre dicha Ley, está la ausencia de los conceptos "autonomía" y "libre determinación", siendo éstos el corazón de los Acuerdos de San Andrés y la demarida principal de los indígenas.  No habla del derecho de los pueblos indígenas a decidir sus formas internas de convivencia y organización soc;ai, económica, politica y cultural, y menos a ejercer sus formas de gobierno interno.  No habla del derecho de los pueblos a aplicar sus sistemas normativos en la regulación y solución de conflictos.  La Ley únicamente "tomara en cuenta sus opiniones para la resolución de controversies que se sometan a la jurisdicción de los Juzgados de Paz'.  La Ley no menciona el derecho de los pueblos a ser consultados en materia de educación y cultura y participar conjuntamente con el Estado.  Asimismo, con respecto al derecho a un desarrollo integral y sustentable, segon esta Ley, el Estado, sin consultar con los pueblos o permitir su participación, establecerá las políticas y programas para "beneflciarlos".

 

41 Entre otras cosas, propone la creación de una nueva instancia de mediación, después de la Comisión Nacional de Intermediación se disolvió a mediados de 1998, después de una campaha del gobierno en su contra.  También propone investgar las denuncias de violaciones a los derechos humanos por parte de la Procuraduría General de la República, como si eso no fuera una obligación del gobierno.  Además propone la liberación de indígenas miembros de las bases de apoyo Zapatistas que no están involucrados en hechos de sangre (varios de ellos ya han sido liberados, pero de una forma más bien publicitaria.  Por ejemplo, se retraron los cargos contra las personas detenidas por los hechos en Taniperia en 1998, cosa que la CNDH habia recomendado una aho antes, debido a las irregularidades y detenciones arbitrarias de que fueron objeto).

50 Con la elección presidencial en puerta, los actores involucrados en el conflicto esperaran a que se nombre al próximo Presidente para negociar con mayor certeza.

 

51 La Relatora sobre Ejecuciones advirtió que la militarización excesiva "no es la solución, sino parte del problema" Reforma, 23 de julio de 1999, p. 2 A y la Alta Comisionada expresó que la pesada presencia militar es parte del problema en Chiapas.  La Jornada, 28 de noviembre de 1999, p. 3.

52. Ver Servicio de Información Diaria sobre Derechos Humanos en México.  Sididh.  PRODH. 5, 7, 14 y 22 de enero; 2, 9, 12 y 15 de febrero; 1 1 y 26 de marzo; 7, 13, 15, 16, 19 y 28 de abril; 3, 4, 13 y 14 de mayo; 7, 15, 16 y 23 de junio; 2, 7 y 28 de julio; 3, 4, 10, 16-18, 21, 25-27, 30 y 31 de agosto; 1, 6, 14, 21 , 27 y 29 de septiembre; 4, 8, 11 y 19 de octubre de 1999, y Boletín Especial: "Chiapas: Pescar en Rio Revuelto'. hftp://www.sjsocial.org/PRODH.

53 Periódico Nacional El Universal, Primera, p. 17, 27 de agosto de 1999.

54 Amador Hernández y la Crisis de Agosto de 1999 en Chiapas.  Centro de Derechos Humanos 'Fray Bartolomé de Las Casas". septiembre de 1999.

55  La propia CNDH ha mantenido una postura contradictoria con respecto a la militarización en Chiapas.  Por un lado se ha pronunciado a favor de la presencia militar, argumentando la supuesta protección que podria proporcionar a la población y as( evitar casos como el de Acteal.  Sin embargo, en el informe anual de la CNDH de junio de 1998, se asienta que luego de 482 visitas realizadas, en 173 comunidades de La Selva y Los Altos de Chiapas "... se observó la constants presencia del Ejército Mexicano, como un factor que, entre otros, altera la convivencia de las comunidades indigenas, sobre todo de aquellas que de ninguna forma intervienen en el conflicto existente".

56   Reforma, 27 de noviembre de 1999, p. 8 A.