LA SITUACIÓN DE LOS
DERECHOS HUMANOS EN MÉXICO
Traducción inglés
Durante
el último año el Gobiemo mexicano ha llevado a cabo una serie de medidas que a
los ojos de la opinión nacional e intemacional indicarían la voluntad del
gobierno para dar pasos que ayuden a poner un alto a las violaciones de
derechos humanos.1 A pesar de lo anterior, y a más de un año de que el Gobiemo
mexicano dio a conocer el Programa
Nacional de Promoción y Fortalecimiento de Derechos Humanos, la alarmante situación de los derechos humanos en México,
reconocida por diferentes mecanismos intergubernamentales de derechos humanos,
continua siendo grave.
La persistencia de las ejecuciones y
desapariciones, la sistematicidad de la tortura y las detenciones arbitrarias,
la perpetuación de la impunidad, la frecuente violación de la garantía al
debido proceso, la falta de in.dependencia del Poder Judicial, la corrupción de
los órganos de procuración de justicia, las recientes reformas penales que
restringen aún más las garantías individuales, el aumento de la militarización
de las corporaciones policíacas y de las zonas indígenas del país,
especialmente Chiapas, la persistencia de la actuación de los grupos
paramilitares y su impunidad, y los ataques a defensores de derechos humanos y
periodistas, son motivo de gran preocupación.
En su
reciente visita a México, la Alta Comisionada para los Derechos Humanos señaló
que "En México se transgreden los derechos humanos en los niveles mds
básicos. Esto es, que existe un serio
problema de la violación a las garantías individuales. Todavía queda camino que recorrer para que la
impunidad, los problemas de impartición de justicia, la exclusión de los grupos
indígenas, la actividad de los grupos paramilitares, y los ataques contra los
derechos humanos queden atrás.” 2
Las
reformas que se han llevado a cabo, no han logrado disminuir los graves
problemas de derechos humanos que se viven en México. Por otro lado, la insistencia del Gobierno
mexicano en negar estos problemas, cuestionan su verdadera voluntad para
resolverlos y parecería indicar que en
parte, se han tomado las medidas mencionadas como una forma de mejorar
la imagen gubernamental y evitar el escrutinio internacional. 3
Graves violaciones a los derechos humanos
Aún cuando
las graves violaciones a los derechos humanos más difundidas han sucedido en
estados como Chiapas y Guerrero, étas suceden a lo largo de todo el territorio
nacional con mucha frecuencia,
a manos de
los diferentes cuerpos policíacos y cada vez mds a menudo a manos de miembros
del Ejército. El contexto en el que
ocurren dichas violaciones puede ser tanto la lucha contra el narcotráfico, la
delincuencia común u organizada, o la contrainsurgencia.
El pasado 24 de agosto la
Subcomisión de Promoción y Protección a los Derechos Humanos expreso su
preocupación por la situación de los derechos humanos en México y las
persistentes denuncias de tortura, ejecuciones extrajudiciales y
desapariciones, así como las violaciones perpetradas contra las comunidades
indígenas.'
Desapariciones y ejecuciones
extrajudiciales
A pesar del alarmante increments de
casos de desapariciones y ejecuciones en México en los, dltimos años y de
recomendaciones de diferentes mecanismos de derechos humanos para poner fin a
estas prácticas, durante el presente año continuaron presentándose con
frecuencia casos de desaparición y ejecuciones, seguidas de impunidad. A pesar de la recomendación hecha por la
Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), en septiembre de 1998, para
tipificar la Desaparición Forzada como delito, a la fecha la Desaparición
Forzada no ha sido tipificada.
Nuestro Centro ha seguido recibiendo
denuncias de desaparición, la mayoría de las veces de corta duración, aunque en
muchos casos han terminado en ejecución.' Por ejemplo, la desaparición el 10 de
junio de 1999, del Sr. José Hidalgo
Pérez en San Cristóbal de Las Casas, Chiapas.
A raíz de la denuncia de su desaparición, sus familiares han recibido
amenazas de muerte, que la autoridad se ha negado a investigar. El 24 de junio fueron encontrados restos
humanos presuntamente pertenecientes al Sr.
Hidalgo, sin que hasta la fecha se hayan presentado los resultados de
los estudios de ADN. Aunque las
autoridades han identificado a un ex teniente de inteligencia militar como
responsable material de la desaparición, hasta la fecha no ha sido detenido.
El 20 de abril de 1999, en Barrio Nuevo San
José, Tlacoachistlahuaca, Guerrero, los indígenas Antonio Mendoza de 12 años y
Evaristo Alvino desaparecieron después de dirigirse a su milpa. Al día siguiente, sus familiares, Francisca
Santos de 33 años y Victoriana Vázquez de 50 años, salieron a buscarlos,
encontrando rastros de sangre en su parcela y siendo perseguidas por militates,
quienes posteriormente las violaron. El
7 de mayo, el juzgado se negó a recibir el Amparo por incomunicación a favor de
los indígenas, argumentando que ellos "no eran una agencia de
investigación", recibiéndolo sólo al cabo de 3 horas de insistencia por
parte de este Centro Ese mismo día fueron encontrados sus cuerpos en el
Servicio Médico Forense de Acapulco, Guerrero.
Aunque el Relator sobre Tortura recomendó en 1998 que los delitos graves
perpetrados por personal militar contra civiles, deben ser conocidos por la
justicia civil, 7 la Averiguación
Previa por homicidio fue turrada al Ministerio Público Militar, como en todos
los casos en que se han visto involucrados militates.
Tortura y detenciones arbitrarias
Diversos mecanismos de derechos humanos han
señalado la práctica frecuente e incluso sistemática de la tortura y las
detenciones arbitrarias en México.8 La CIDH sefialó que la relación entre la
detención ilegal, y la violación a la integridad personal y a las garantías
judiciales, no es circunstancial, ya que obedece a una actuación 1ógica de
dependencia que surge en no pocos casos entre las autoridades administrativas y
las jurisdiccionales. 9
Las recomendaciones hechas por estos
y otros mecanismos de derechos humanos para atacar el problema de la tortura y
las detenciones arbitrarias, como la recomendación de que sólo las
declaraciones hechas ante el juez tengan valor probatorio,10 no han sido
atendidas. El 27 de julio pasado, el
Comité de Derechos Humanos (CDH) expresó su preocupación de que en México sea
posible imponer al acusado el peso de la prueba de que una confesión haya sido
extraída por medio de la coerción, asf como que las confesiones extraídas de
esta manera puedan ser usadas como evidencia contra el acusado.11
Durante el presente año, continuaron
realizándose numerosas detenciones arbitrarias y la tortura siguió forinando
parte de los interrogatories policíacos y militates. Las declaraciones obtenidas bajo tortura
siguieron usándose constantemente como prueba en los procesos judiciales.
El 2 de mayo, miembros del Ejército
dispararon contra la población de Pizotla, Guerrero, dejando un saldo de una
muerte y la detención arbitraria y tortura de Rodolfo Montiel y Teodoro
Cabrera, campesinos ecologistas. Durante
los 5 días que permanecieron detenidos en las instalaciones militates fueron
torturados por miembros del Ejército y obligados a firmar declaraciones
autoinculpatorias en presencia del Ministerio Público que acudió al 40 Batallón
Militar en Altamirano, Guerrero a tomar la declaración de los detenidos. A pesar de retractarse de sus declaraciones
ante el Juez, denunciando la tortura sufrida, se les consignó usando dichas
declaraciones como prueba.
El 1 de junio fueron detenidos el
promotor de derechos humanos Manuel Pérez, el campesino Jesús Hernández y el
Sacerdote Jerónimo Hemdndez en un retón del Crucero Pifial, en Chilón, Chiapas
por un grupo de aproximadamente 200 priístas,12 quienes los interrogaron en
presencia de diversas autoridades municipales y estatales. Manuel fue además golpeado por los priístas y
3 policías rurales. El padre Hernández
fue liberado y a Manuel y Jesús se les dictó auto de formal prisión 10 dfas
después de su detención, en un proceso plagado de irregularidades y
pennanecieron en prisión hasta el 29 de junio, cuando fueron liberados por
falta de pruebas.
Sistema de impartición y procuración de justicia
La falta de una reforma profunda al
sistema de impartición y procuración de justicia es una de las causas de que se
sigan cometiendo violaciones a los derechos humanos. El Ministerio Público depende directamente
del Poder Ejecutivo y se le ha otorgado una serie de facultades que exceden de
sus funciones de órgano investigador y donde actúa como autoridad, juez y
parte. Por otro lado, como lo señaló la
CIDH, a pesar de los avances realizados, mientras el Poder Ejecutivo continue
conservando una preponderancia de facultades regales y extralegales sobre el
Poder Judicial, se dificultard en México la consolidación de tribunales
independientes e imparciales, ademds de que la misma estructura constitucional
de los tribunales pone en duda la auténtica independencia de éstos respecto al
Poder Ejecutivo.13 El resultado de esta dependencia es una tendencia a dictar
sentencias a favor de los intereses del Estado, y que la ley siga siendo
utilizada selectivamente por motivos politicos.
Recientemente el CDH señaló como una
amenaza seria a la seguridad de las personas el efecto combinado de aplicar a
Ley Nacional de Seguridad Pública, la Ley sobre Delincuencia Organizada y la
ampliación del concepto de "flagrancia" y el tiempo que pueden
permanecer detenidos ante el Ministerio Público, y deploró el hecho de que los
detenidos no tengan acceso a un abogado antes de presenter su declaración
Ministerial. Al mismo tiempo señaló que
el procedimiento criminal aplicado en México obstaculiza el cumplimiento cabal
del artículo 14 del Pacto de Derechos Civiles y Políticos, que exige que el
juicio se realice ante el juez, en presencia del acusado y con publicidad. 14
A pesar de los señalamientos
anteriores y las recomendaciones hechas por los distintos mecanismos de
derechos humanos, éstas no sólo no se han cumplido sino que las reformas
recientes, han ido en sentido contrario a las mismas. Las características fundamentales de estas
reformas son: a) se han aumentado las penas; b) se han otorgado más facultades
a las instituciones de procuración de justicia; y c) se han reducido garantías
judiciales en perjuicio de los gobemados.
Estas reformas justifican o encubren
el actuar ineficiente e ilegal de las autoridades, en vez de remediar las
irregularidades cometidas y los vicios persistentes. Cuando este Centro ha recuffido a instancias
gubemamentales para subsanar violaciones a los derechos humanos, generalmente
nos hemos encontrado con la imposibilidad de hacerlo.
La Alta Comisionada señaló que en
México existe un serio problema de violación a los derechos humanos y que esto
obliga a modificar la legislación y superar deficiencies que existen en la
procuración de justicia. 15
Por ejemplo, cuatro indígenas
mixtecos detenidos después de la masacre del Charco, en Guerrero en 1998,
obtuvieron un Amparo por la detención ilegal de que fueron objeto. Pasados 35 días de la resolución del Amparo,
la jueza que Ilevaba el proceso no lo habia cumplido,16 por lo que este Centro
interpuso una queja administrative contra dicha jueza ante el Consejo de la
Judicatura.17 Cuatro meses después de interpuesta la queja, dicho Consejo la
desechó por considerar que la jueza no incuffi6 en falta alguna, aduciendo a su
carga excesiva de trabajo.
lmpunidad
La impunidad, resultants de las
deficiencies y corrupción en el Ministerio Público, las policías y el propio
Poder Judicial representa una seria
violación al derecho a la justicia, y es una de las situaciones más
generalizadas en el país. En relación a
la impunidad de los derechos humanos, son relativamente pocos los casos en los
que se ha sancionado penalmente a autoridades que los han violado. En casi todos ellos ha sido necesario una
recomendación de la CNDH 18 o la presión nacional e intemacional para que esto
suceda.19
El CDH mencionó como motivo de
preocupación que los actos de tortura, desapariciones forzadas y ejecuciones
extrajudiciales no hayan sido investigados, que los responsables no hayan sido
enjuiciados, ni las víctimas indemnizadas y manifestó su profunda preocupación
por la inexistencia de procedimientos institucionalizados para investigar las
alegaciones de violaciones de derechos humanos cometidas por militates y por
fuerzas de seguridad y que como consecuencia de ello, estas alegaciones no
hayan sido investigadas. 20
Por su parte la CNDH ha mencionado
que 3,118 servidores públicos han sido sancionados por motivo de sus
recomendaciones o procedimientos de amigable composición. Sin embargo, de éstos solamente se ha
ejercitado acción penal contra 882, sin poder conocer si se ha liberado orden
de aprehensión, han sido detenidos o han sido juzgados. 21
Por ejemplo, en el caso de la
masacre de 17 campesinos a manos de la policía estatal ocurrido en 1995, en
Aguas Blancas, Guerrero, en abril pasado, 15 de los policías que participaron
en la masacre fueron absueltos, lo mismo que el ex primer Subprocurador de
Justicia, Rodolfo Sotomayor, acusado de homicidio, lesiones y ejercicio
indebido del servicio público, debido a la mala integración de la Averiguación
Previa. Nunca se investigó por
responsabilidad del entonces gobernador del estado, Rubén Figueroa, como lo fue
solicitado por la Suprema Corte de Justicia de la Nación y la CIDH.
En el caso de la masacre de 45
indígenas en Acteal, ocurrida el 22 de diciembre de 1997, el 19 de julio
pasado, en el marco de la visita de la Relatora sobre Ejecuciones, fueron
condenados a 35 afios de prisión 20 indígenas que participaron en la
misma. Esto contrasts con la sentencia
de 2 años que recibió el ex militar que entrenó al grupo paramilitar que
perpetró la matanza y con los tres años, nueve meses a los que se condenó a
diez ex policías que permitieron la masacre y transportaron las armas de los
agresores. Los autores intelectuales
siguen impunes y no hay Iinea de investigación relacionada con la
responsabilidad del Ejército y los altos funcionarios del Gobiemo que se
presume participaron en la planeación, dotación de armaments, entrenamiento y
encubrimiento de este grupo paramilitary
Durante su visita a México, la
Relatora Especial sobre Ejecuciones señaló que la impunidad es el aspecto más
preocupante en México. 22
Militarización
La militarización del país
considerada ya como grave y que ha traido consigo el increments de las
violaciones a los derechos humanos cometidas por las fuerzas armadas, ha ido en
aumento durante los últimos meses. La
CIDH recomendó la revisión de la Ley General que Establece las Bases de
Coordinación del Sistema Nacional de Seguridad Pública.23 Sin embargo, no sólo no se ha hecho una
revisión de dicha Ley, sino que se
ha seguido incorporando a militates en funciones de seguridad pública. Tal es el caso de la incorporación de 5,000
militates a la reción creada Policía Federal Preventiva en julio de 1999. El 16 de septiembre pasado, Mayolo Medina,
Secretario Ejecutivo del Sistema Nacional de Seguridad Pública declaró que para
mejorar el servicio de seguridad pública en el país es necesario militarizar
todos los cuerpos policíacos. 24
En numerosas partes del país existen
retenes militares, ya sea en carreteras, autopistas y en caminos rurales, se
han instalado una gran cantidad de campamentos móviles y permanentes en las
afueras de las comunidades y constantemente se efectúan operatives
policíaco-militares. El CDH manifestó su
preocupación por la "creciente intervención de los militates en la
sociedad, especialmente en los estados de Chiapas, Guerrero, y Oaxaca, donde
desarrollan actividades propias de las fuerzas policiales", además de
señalar que "pese a no haberse proclamado el estado de emergencia en zonas
de conflicto, la población ha sido sometida a las mismas derogaciones de sus
derechos, como por ejemplo los puntos de control que impiden la libertad de
circulación".' Recientemente el Comité de los Derechos del Niño expresó su
preocupación por las amenazas al derecho a la vida de los niños y niñas
causadas por el grado de militarización en el Estado parte. 26 En
Chiapas los militates realizan funciones policíacas, de migración, de
asistencia a la salud, etc.
Al mismo tiempo, un gran número de
militates "con licencia" encabezan varias Procuradurías estatales y
delegaciones estatales de la Procuraduría Federal de la República. Recientemente ha sido nombrado el General
Guillermo Alvarez Nara como director de la Policía Judicial Federal. Según un Anexo del último Informe de Gobierno
del Presidente Zedillo, la Secretaría de la Defensa Nacional (SEDENA) participó
en la profesionalización, capacitación y adiestramiento de 15,722 elementos de
diferentes cuerpos policíacos del país.
Actualmente existen mandos militates en las policfas en 28 de las 32
entidades del pais. 27 La Alta
Comisionada señaló que es verdaderamente necesario reducir el rol de los
militates, sobre todo en relación a las funciones policiacas. 28
Ataques a defensores de derechos humanos y periodistas
Según la Fraternidad de Reporteros
de México, de 1997 a la fecha, 16 periodistas han sido asesinados en el país y
sus asesinatos se encuentran impunes. En
la Ciudad de México, el 70 por ciento de reporteros, fotógrafos y camarógrafos
de prensa afirman haber sufrido al menos una agresion o represalia en el
ejercicio de su función. 29 Recientemente trabajadores de un canal de
televisión local en Chiapas denunciaron amenazas contra su integridad física
por parte del Coordinador de Comunicación
Social del Gobierno Estatal, Manuel
de la Torre, debido a los cuestionamientos que han hecho sobre la política del
Gobernador.30
El grado de hostilidad que han
enfrentado los defensores de derechos humanos ha sido subrayado como motivo de
preocupación tanto por la CIDH, la Relatora sobre Ejecuciones, la Subcomisión
de Promoción y Protección a los Derechos Humanos, como por la Alta Comisionada
para los Derechos Humanos.31
Casos recientes como la serie de
amenazas, hostigamiento, persecución, interferencia telefónica, allanamiento e
intento de homicidio que padecen los integrantes del Centro de Derechos Humanos
Miguel Agustín Pro, en especial la abogada Digna Ochoa y Plácido quien fue
interrogada durante 9 horas por individuos no identificados que irrumpieron en
su casa el 28 de octubre pasado y quienes la dejaron amarrada junto a un tanque
de gas abierto, son de extrema preocupación.
Otros defensores de derechos humanos que han sido amenazados u
hostigados han sido Abel Barrera del Centro de Derechos Humanos de la Montaña,
Guerrero, el equipo de Ciudadanos en Apoyo a los Derechos Humanos en Nuevo
León, el padre José Rentería del Centro de Derechos Humanos Nu´u ji Kandii, en
Oaxaca, Juan López Villanueva, abogado del Centro de Derechos Humanos
"Fray Bartolomé de Las Casas, amenazado de muerte en diciembre pasado,
entre otros. Por otro ]ado, dos
investigadores que escriben sobre las Fuerzas Armadas fueron amenazados el 28
de septiembre pasado. Adicionalmente, las
intervenciones telefónicas a los organismos civiles son comunes.32
Al mismo tiempo, continúa el patrón
de conducta gubemamental de expulsar enviados de ONG extranjeras que han venido
a constatar la situación de los derechos humanos. Ademds, a pesar de que el Gobierno anunció
públicamente que modificaría los requisites para otorgar visas a observadores
de derechos humanos, impuestos en 1998, no ha modificado dichos
requisites. El CDH se mostró preocupado
por "los obstdculos a la libre circulación de extranjeros, principalmente
de los miembros de las Organizaciones No Gubernamentales que investigan
violaciones de derechos humanos en el territorio mexicano y, en particular, de
que se hayan revocado permisos de residencia y que se hayan negado visados por
los mismos motivos". 33
La Situación en Chiapas
Paramilitares
Hasta la fecha, el Gobierno mexicano
continua negando la existencia de grupos paramilitares en México. Sin embargo, ésta ha sido señalada tanto por
la CIDH, el Comité para la Eliminación de la Discriminación Racial, el Comité
sobre Derechos Económicos, Sociales y Culturales, como por la Alta Comisionada
para los Derechos Humanos. 34 Aunque
existen denuncias de la actuación de estos grupos en Chiapas desde 1995, hasta
la fecha no se han investigado a fondo y no se han desmantelado, a pesar del
gran despliegue policíaco y militar que existe en Chiapas. La Alta Comisionada seiialó que
"parecería que algunos de estos grupos gozan de cierto grado de
indulgencia oficial". 35
La importancia de los grupos
paramilitares dentro de las tácticas de contrainsurgencia del Estado estd
descrita en el documents oficial 'Plan de
Campaña, Chiapas 1994', el cual salió a la luz pública en enero de
1998. Según dicho Plan, el objetivo
principal de contrainsurgenca del Ejército es "romper con la relación de
apoyo mutuo que existe entre la población y los delincuentes Zapatistas."
Para conseguir esta meta, el ejército "asesorará y ayudará a las fuerzas
de autodefensa y otras organizaciones paramilitares.... Y en el caso de que no
existieran tales fuerzas, las creará." Asimismo, el "Manual de Guerra
Irregular" del Ejército mexicano, describe un operative
contrainsurgente con dos vertientes: el control de la población civil mediante
agresiones físicas y psicológicas, y ataques tácticos contra la guerrilla. La primera de éstas, "como se podrá apreciar...
no es un operative militar clásico, y por lo tanto podría ser realizado por
personal civil o militar con la asesoría, dirección y coordinación del comando
militar local, mientras que los operatives tácticos de contraguerrilla serán
realizados por persona militar o militarizado".
En la investigación que realiza la
Procuraduría Federal en relación a la masacre de Acteal, se ha informado que 16
grupos civiles armados, están siendo investigados en Chiapas. Sin embargo, en el Libro Blanco de Acteal 36 sobre dicha masacre, se atribuye la causa
de la muerte de 45 indfgenas a conflictos intercomunitarios, sin una sola
mención de participación paramilitar. El
intento de deslindar al Ejército Mexicano de los hechos ha llegado al absurdo
de afirmar que el soldado detenido por entrenar al grupo paramilitar
responsable, no lo hacia en su carácter de militar, ya que se encontraba de
vacaciones.
Dentro de las investigaciones del
caso Acteal, existen diferentes declaraciones de funcionarios detenidos o
investigados en relación a los hechos que indicarían la comprobación de que el
grupo que realizó la masacre, es un grupo paramilitar, promovido, apoyado y
protegido por autoridades civiles y militates.
Estas declaraciones no han sido subrayadas por la Procuraduría en los
resultados que ha hecho públicos de sus investigaciones.
Ex elementos de Seguridad Pública
admitieron que utilizaron vehículos oficiales para el traslado de armas 37 y
que por órdenes superiores permitieron, toleraron y protegieron a los indígenas
priístas de Chenalhó 38 cuando dstos se encontraban armados. Dijeron que el Capitán Germán Parra, a cuyo
mando se encontraba la Base de Operaciones
Mixtas (BOM), 39 era quien directamente
les ordenaba devolver las armas decomisadas y proteger a los priístas. Por su parte, el ex agente del Ministerio
Público, Roberto Arcos, corroboró lo dicho por los policías y aseguró que los
militates lo tenían amenazado por lo que en diversas ocasiones no pudo impedir
que el Capitán Parra devolviera las armas y dejara en libertad a quienes las
portaban 40 y que cuando él fomaba parte
de la BOM de esa zona, los altos mandos castrenses se negaron a actuar en
contra de varios grupos detectados que portaban armas de alto poder. 41
Por otro lado, en los ú1timos meses
ha habido una división intema, por cuestiones de manejo de recursos, en el
grupo paramilitar Paz y Justicia. El
campesino Pedro Hernández, ex integrante del grupo paramilitar Paz y Justicia,
ha denunciado que con el apoyo de policias y soldados, "los paramilitares
vigilan los caminos, cobran impuestos, emboscan, roban bienes de los campesinos
opositores, amenazan y asesinan a quienes no los apoyan" y que utilizan el
dinero de programas gubemamentales lipara comprar armas". La misma organización informó que habría
enfrentamientos si no se resuelven los problemas de división de esta
organización. A finales de agosto pasado
Sebastían Gómez Ramirez, desertor de dicha organización, fue asesinado y
recibió un tiro de gracia. El Secretario
de Gobierno de Chiapas informó recientemente que se comprometió a entregar 11
millones de pesos a Paz y Justicia, a cambio de que las dos fracciones de dicha
agrupación firmen un pacto de civilidad ya que el Centro de Investigación y
Seguridad Nacional (Cisen) reveló que la situación en la Zona Norte del estado
y los conflictos internos de Paz y Justicia eran problemas de seguridad
nacional. 42
Durante el presente año, decenas de
actos de hostigamiento, amenazas, allanamientos, atentados, saqueos, lesiones y
algunos homicidios y desapariciones perpetrados por grupos paramilitares o
grupos simpatizantes priístas protegidos por autoridades, han sido registrados
por este Centro. En muchas de éstos se
ha denunciado la participación conjunta de, policías con los grupos
paramilitares, particularmente con Paz y Justicia y el Movimiento Indígena
Revolucionario Antizapatista (MIRA), sin que dstas hayan sido investigadas.
Estrategia gubernamental
El 24 de febrero de 1999 fue
aprobada por el Congreso del Estado de Chiapas la Ley de Amnistia para el
Desarme de los Grupos Civiles de Chiapas. 44
En general, esta Ley de Amnistía pretende recompensar a los grupos
paramilitares y guardias blancas, sin investigar y sin sancionar a los
responsables directos de que estos grupos se hayan formado, armado y entrenado,
ya que excluye la investigación de las personas o grupos que entreguen sus
armas, por lo que no se podrá saber si quienes entregan sus armas pertenecen a
un grupo paramilitar. A pesar de que
dicha Ley no ha sido aprobada a nivel federal , el gobierno estatal la ha
estado aplicando en los hechos en ceremonies muy publicitadas de entrega de
armas de supuestos desertores del EZLN, que según testimonies de varias
comunidades son miembros de grupos paramilitares.
El 23 de abril el Gobierno de
Chiapas mandó al Congreso Estatal la iniciativa de Ley de Remunicipalización
46 de manera unilateral, sin la
participación del EZLN, y con la protesta generalizada de las comunidades
involucradas. Dicha Ley fue aprobada y el 18 agosto pasado la mayoría priísta
del Congreso chiapaneco nombró consejos municipales en las 7 nuevas
circunscripciones territoriales, muchas de ellas en zonas de conflicto, pese al
rechazo de los partidos de oposición.
Dichos consejos, sin tomar en cuenta la Constitución del Estado de
Chiapas, gobernaran hasta el 31 de diciembre del año 2001.
El 9 de mayo el gobernador de
Chiapas, Roberto Albores, puso en marcha la nueva Policía Rural, la cual cuenta
con seis mil elementos en todo el estado, pertenecientes a las propias
comunidades y que no puede dejar de recordar a las sombrías Patrullas de
Autodefensa Civil de Guatemala.
El 30 de julio de 1999 entró en
vigor la Ley de Derechos y Cultura
Indígena del Estado de Chiapas, surgiendo también de forma unilateral por
parte del Estado, por lo que no favorece una solución al conflicto chiapaneco.
47 Adicionalmente, al no haber sido
aprobada por los partidos de oposición, y por lo tanto a no ser producto de un
consenso en este sentido, ha generado mayor tensión y entorpecido el ambiente
político para el diálogo. 48
A nivel federal, el 7 de septiembre
pasado, el Secretario de Gobemación, Diódoro Carrasco, dio a conocer la
propuesta del Gobierno Federal UN PASO
MAS PARA SOLUCIONAR EL CONFLICTO EN CHIAPAS. La carta abierta al EZLN contiene seis
puntos, que a pesar ser un paso importante, 49 después de tres años de
negociaciones suspendidas, y ante un proceso de sucesión presidencial que pasa
por unas elecciones cuyos resultados son inciertos, -por primera vez en varias
décadas- se ve con pocas posibilidades de tener éxito. 50 Lo más grave de esta iniciativa es que omite
al Ejército Federal uno de los actores centrales en el conflicto chiapaneco,
que ha protagonizado algunos de los episodios de mayor tensión en los últimos
meses. Asimismo, omite hablar de los
grupos paramilitares en Chiapas. Es
necesario que haya un repliegue del Ejército a sus anteriores posiciones, así
se propiciaría una distension real del conflicto y se abrirían posibilidades de
diálogo, de otra manera el restablecimiento del diálogo es simplemente una
quimera.
La Alta Comisionada reconoció como
verdaderos y serios los problemas de militarización y el dolor que la presencia
del Ejército ha causado en las comunidades indíenas y señló que le parecía
importante que el gobierno considers como puede reducir la presencia militar en
Chiapas.51
Mientras tanto la estrategia militar
para resolver el conflicto, lejos de haber sido abandonada, parece que no ha
dejado de avanzar. Quizás se trata de
aislar y resolver a como dé lugar el conflicto en Chiapas, antes de las
próximas elecciones presidenciales. Así
podrían ser interpretados los siguientes indicios: campaña permanents de
hostigamiento y expulsión contra misioneros, periodistas, observadores de
derechos humanos y cooperantes extranjeros; encarcelamiento de dirigentes
sociales y promotores de derechos humanos mexicanos; fomento de divisiones
internas de las comunidades, subordinación de la ayuda asistencial a las
comunidades a una estrategia político militar; (condicionamiento político del
apoyo, tentativas de mejoramiento de la imagen del Ejército Mexicano y
legitimación de su presencia, etc.); increments de la presencia militar y
avance militar sobre las comunidades; registros retenes, cateos y detenciones
ilegales; fortalecimiento y expansión de los grupos paramilitares;
desplazamiento masivo de habitantes de zonas indígenas, que aún en los
campamentos siguen siendo
acosados.
52
La presencia militar se ha acentuado principalmente
en las regiones Selva, Fronteriza, Altos y Norte de Chiapas, con el envio de 50
mil militates especializados en labores de contrainsurgencia e incorporados en
la Fuerza de Tarea Arcoiris (grupo militar de élite que trabaja en Chiapas). Só1o en los municipios de Las Margaritas,
Altamirano, Ocosingo, La Trinitaria y La Independencia, en la zona de Las
Caíadas, hay unos 37 mil soldados, o sea un militar por cada nueve personas,
según el investigador Arturo Lomelí.53
Por otro lado, el Gobierno justifica sus gastos en infraestructura
militar como si fuera un apoyo económico o programas de desarrollo que
favorecen a las comunidades indígenas. 54
El respaldo y la justificación pública de la Secretaría de Gobernación a
las incursiones militates es un dato que no puede pasar desapercibido. Todo parece indicar que hablan de paz y
preparan la guerra.55
Conclusiones y
Recomendaciones
Este Centro reconoce los avances que implican
las ratificaciones de instrumentos intemacionales de derechos humanos, algunos
de los cuales han sido constants reclamo de las organizaciones civiles de
derechos humanos. Sin embargo, no
podemos dejar de subrayar que a estos pasos les ha faltado pasar a la acción,
sobre todo en el cumplimiento de las diversas recomendaciones de mecanismos
intergubernamentales de derechos humanos.
En este sentido la buena voluntad del Gobiemo mexicano se encuentra
cuestionada, ya que parecería que estas acciones han tenido más una intención
de crear una imagen sobre dicha buena voluntad que la intención real de mejorar
la situación.
La Alta Comisionada señaló que "En México,
como un todo, hay un problema con la administración de justicia, ha habido un
progreso considerable en firmar convenciones, en ratificarlas y tomar pasos
para cambiar la legislación local. Pero
es la aplicación de la ley, el detalle de lo que pasa entre la policía y el
fiscal, y luego el rol del juez en la corte es un problema de impunidad y mucha
violencia, y abuso de la
policia y
de los militates, violencia contra las mujeres, contra los migrantes y hay
problemas en general que me preocupan". 56
El Programa Nacional
de Promoción y Fortalecimiento de los Derechos Humanos, presentado por el gobierno Mexicano
en diciembre de 1998, fue diseñado sin consulter ampliamente con la sociedad
civil, y sin un diagnóstico previo y realista de la situación de los derechos
humanos en México. Además, dicho
programa no contempla tiempos, ni formas de evaluación de las acciones
planteadas, por lo que es difícil evaluar el contenido y efectividad del
mismo. Las recientes reformas para dar
autonomía a la CNDH no tomaron en cuenta recomendaciones de mecanismos
intergubemamentales de derechos humanos, para ampliar sus facultades a los
derechos laborales y electorates y hacer sus recomendaciones vinculantes.
Por otro lado, es preocupante que el Gobiemo
mexicano no haya autorizado la visita de la Misión Técnica" previa a la
visita de la Alta Comisionada de Derechos Humanos, que hubiera permitido firmar
el Programa de Cooperación Técnica entre la Oficina del Alto Comisionado y el
Gobiemo mexicano. En su lugar se firmó
un Memorandum de Intención, postergando así
la posibilidad de dar pasos concretes en la solución a los graves
problemas de derechos humanos que padece México.
La grave situación de los derechos humanos en
México requiere:
" La
remoción de los militates de las tareas civiles y que en caso de violaciones a
los derechos humanos de civiles por parte de miembros del Ejército, estos sean
juzgados en el fuero civil.
" La
creación de un sistema judicial independiente en el cual se respete
rigurosamente la presunción de inocencia de los detenidos y que incluya el
establecimiento de una carrera profesional para los jueces, les brinde
inamovilidad y elimine los nombramientos politicos.
" La
creación de cuerpos policiácos profesionales, que operen sin impunidad y que
tengan una real capacidad de investigación.
Al mismo tiempo, asegurar una defensa adecuada para las personas de
escasos recursos, aumentando el número de defensores de oficio, así como
mejorando su preparación e ingresos.
" La
modificación de los requisites para la observación intemacional, para no crear
obstáculos en el trabajo de los defensores de derechos humanos.
" La
investigación, desarme y castigo de los grupos paramilitares que operan en el
país, así como el castigo a los autores materiales e intelectuales de la
masacre de Acteal.
" La
salida del Ejército de las comunidades en Chiapas, cumpliendo la Ley para el
Diálogo, la Conciliación y la Paz digna en Chiapas y creando las condiciones de
distensión que permitan la reanudación del diálogo.
" El
cumplimiento por parte del Gobierno de los Acuerdos de San Andrés, aceptando la
Ley elaborada por la Comisión de Concordia y Pacificación (COCOPA).
" La
implementación de las recomendaciones emitidas por los diferentes mecanismos de
derechos humanos de la ONU y la OEA, asi como la homologación de la legislación
nacional con los instrumentos intemacionales de derechos humanos.
" La
ratificación por parte de México de los instrumentos intemacionales que
reconocen la competencia de los organismos intemacionales para examinar las
violaciones individuales, incluyendo el Comité de Derechos Humanos de las
Naciones Unidas, el Comité de las Naciones Unidas contra la Tortura y el Comité
de las Naciones Unidas para la Eliminación de Todas las Formas de
Discriminación Racial, asi como la invitación al Relator Especial sobre
Independencia de Jueces y Abogados y el Grupo de Trabajo sobre Detenciones
Arbitrarias.58
Que se realice lo más pronto posible
la visita de la Misión de Evaluación de Necesidades para el diseño del Programa
de Asistencia Técnica entre la Oficina del Alto Comisionado y el Gobierno
Mexicano, y que dicho Programa está dirigido a la raíz de los problemas de
derechos humanos en México.
Hacemos un llamado a la comunidad nacional e
intemacional para que expresen su reclamo para que los derechos humanos sean
respetados y que exijan a las autoridades mexicanas el cumplimiento estricto de
la ley y de los tratados internacionales en materia de derechos humanos. Igualmente proponemos que organizaciones
internacionales envien observadores y busquen posibilidades de mediación por
parte de la comunidad intemacional en el conflicto en Chiapas. También hacemos un Ilamado a la comunidad internacional
para apoyar la creación de un Relator Especial de Naciones Unidas para México,
a fin de impulsar el proceso ya iniciado de respeto y protección de los
derechos humanos en nuestro país.
Miguel Agustín Pro Juarez, A.C.
1 Entre estas medidas
se encuentran la aceptación de la jurisdicción de la Corte Interamericana de
Derechos Humanos, los cambios Constitucionales para dotar de autonomia a la
Comisión Nacional de Derechos Humanos, la invitación y visita de la Relatora Especial
sobre Ejecuciones y la Alta Comisionada para los Derechos Humanos a México, y
la ratificación de la Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y
Erradicar la Violencia contra la Mujer (Convención de Belem Do Pará) y de la
Convención sobre la Protección de los Derechos de Todos los Trabaiadores
Migratorios y sus Familiares.
2 Periódico Nacional
La Jornada, 28 de Noviembre de 1999, p. 3
3 La negativa persistente del Gobierno
mexicano para cumplir con las recomendaciones de la Comisión Interamericana de
Derechos Humanos (CIDH) en relación a casos individuales, son una muestra de lo
anterior. La propia Secretaria de
Relaciones Extedores, Rosario Green, insistió que en México no existe impunidad
(cuando es el problema más reconocido tanto a nivel nacional como
internacional) en el marco de la visita de la Relatora de Ejecuciones
Extrajudiciales a México. En este mismo
contexto, el Comisionado para la Paz, Emilio Rabasa, negó que la masacre de
Acteal fuera una ejecución, Reforma, 13 julio de 1999, p. 3 A.
4 Subcomisión de Promoción y
Protección a los Derechos Humanos, Declaración del Presidente, La Situación de
los Derechos Humanos en México, 24 de agosto de 1999.
5 Informe
sobre la Situación de los Derechos Humanos en México, Comisión lnteramericana
de Derechos Humanos, CIDH, Sepbembre, 1998, para. 687.
6 Por otro lado, en su Oltimo
informe la CNDH reportó 14 denuncias de desaparición, mientras que tan sólo la
Comisión Estatal de Derechos Humanos de Sonora (existen otras 31 Comisiones
Estatales de Derechos Humanos en el país) recibió 9 denuncias de
desaparición vinculadas con
elementos de la Policía Judicial Estatal de mayo de 1998 a mayo de 1999. Periódico Nacional La Jornada, 20 de mayo de
1999, p. 52.
7 Informe del Relator Especial sobre
Tortura. Visita del Relator Especial a
México. 14 de enero de 1998, E/CN.4/1998/38/Add.2 para. 88, j
8 Observaciones finales del Comité
Contra la Tortura: México. 2 de Mayo 1997.
CAT A/52/44, par. 162, E/CN.4/1998/38/Add.2, 14 enero 1§98, para. 78 y
CIDH, Septiembre, 1998, paras. 219, 291 y 305.
9
CIDH, septiembre, 1998, para. 219.
10 E/CN.4/1998/38/Add.2, 14 enero
1998, para. 88 d.
11 Observaciones
del Comité de Derechos Humanos. México,
CCPR/C/79/Add. 109, 27 julio de 1999,
para. 7.
12
Miembros del partido oficial, Partido Revolucionario Institucional
(PRI).
13 CIDH,
septiembre de 1998, paras. 56 y 394.
14 CCPR/C/79/Add.
109, 27 julio de 1999, paras. 1 0 y 1 1.
15 La
Jornada, 28 de noviembre de 1999, p. 3
16 El
tiempo límite para cumplirlo es de 24 horas.
17 Este Consejo fue creado por el
Presidente Zedillo, al inicio de su mandato -después de remover a todos los
miembros de la Suprema Corte de sus cargos- con el fin de investigar
irregularidades del Poder Judicial y ha sido enarbolado por el régimen como su
principal reforma a nivel judicial.
18 El relator sobre tortura señaló
lo anterior con respecto a los casos de tortura. E/CN.4/1998/38/Add.2, 14 enero 1998, para.
78. La CIDH también lo señaló. CIDH, septiembre 1998, para. 688.
19 Human Rights Watch solicitó
durante 1998 en numerosas ocasiones a la Secretaria de Relaciones Exteriores y
la Procuraduria General de la República (PGR) de México información relacionada
con casos de derechos humanos que ellos consideraran exitosos.Ninguno de los
dos organismos del Gobierno suministró a Human Rights Watch el nombre, ni mucho
menos los detalles, de ningon funcionario público condenado por haber
torturado, aunque si aportaron un total de ocho casos que demostraban algunos
avances en el procesamiento de torturadores.
En diez de los 1 1 casos revisados por HRW, se puede decir que las
organizaciones de derechos humanos se hicieron cargo del trabajo de investigación
que los agentes del Ministerio Público no realizaron, y documentaron tanto la
lentitud de la actuación o el encubrimiento de los hechos como las pruebas del
abuso que las autoridades intentaron ignorar.
Sin embargo, ni siquiera este trabajo fue suficiente en ocasiones. Abuso y Desamparo: Tortura, Desaparición
Forzada y Ejecuciones Extrajudiciales en México. Human Rights Watch. Enero de 1999.
20 CCPR/C/79/Add. 109, 27 julio de
1999, paras. 6 y 9
21 El mayor nomero de sanciones han
consistido en inhabilitación (1, 1 93), seguidas de suspension (705) y
amonestaci6n (506). Las demás sanciones
han sido destitución, inicio de averiguación previa, multa y arrestor Datos
tornados de: "Lucha contra la Impunidad.
Junio 1990 - Diciembre 1998".
Comisión Nacional de Derechos Humanos, México, 1999.
22 La
Jornada, p. 19 y NAP-Info/E/ Universal, 19 de julio de 1999.
23 Dicha
Ley borra la especialización profesional entre las distintas policias y las
fuerzas militates, y además afecta la autonomía del
Ministerio Público y debilita los
resguardos institucionales contra los abusos de autoridad y violaciones a los
derechos humanos, CIDH, septiembre de 1998, para. 680.
24
La Jornada, 17 de septiembre de 1999, p. 59.
25 CCPR/C/79/Add-109, 27julio de
1999, paras. 8 y 12.
26 Observaciones
y Conclusiones del Comité de los Derechos del Niho: México. CRC/C/15/Add.112,
10 de Noviembre de 1999.
27 La
Jornada, Suplemento dominical Masiosare, "De soldados a policias, el mapa
nacional. Los riesgos de la batalla
militarizada",
Alberto Nájar, 15 de
agosto de 1999.
28 La Jornada, 28 de noviembre de 1999, p. 3 y
Reforma, 27 de noviembre de 1999, p. 8 A.
29 Crónica de Hoy, 7 de junio de 1999.
30 La Jornada, 29 septiembre de 1999, p. 58.
31 CIDH, septiembre
1998, para. 666; Informe del Relator Especial sobre Ejecuciones
Extrajudiciales, Sumarias o Arbitrarias,
E/CN.4/1998/68/Add.1, diciembre,
1997, para. 282, Subcomisión de Promoción y Protección de los Derechos Humanos,
Resolución 1998/4, 20 de agosto de 1998.
La Alta Comisionada señaló que en México resulta preocupante el tema de
la seguridad de los defensores de los derechos humanos, de los abogados y los
periodistas. La Jornada, 27 de noviembre
de 1999, p. 10
32 El 25 de febrero de 1999,
Alejandra Chávez de la Secretaría de Gobernación se comunicó con el Secretario
Técnico de la Red de Derechos Humanos "Todos los derechos para todos"
para solicitarle la última página de un fax que no les había llegado completo. Dicho fax, habia sido enviado exclusivamente
desde la oficina del Centro de Derechos Humanos 'Fray Bartolomé de Las
Casas" al Centro por la Justicia y el Derecho Internacional (CEJ IL) en
Costa Rica el día anterior.
33 CCPR/C/79/Add. 1 09, 27 julio de
1999, para. 13.
34 CIDH, septiembre de 1998, para.
533 en Guerrero y para. 544 en Chiapas.
Observaciones Finales del Comité para la Eliminación de la
Discriminación Racial: México, 15 de agosto de 1997. CERD/C/304/Add.30, para. 12. "Al Comité le preocupa la presencia de
numerosas fuerzas militates y paramilitares en la comunidad indígena de Chiapas
y en otros Estados de la región..." Observaciones Finales del Comité de
Derechos Económicos Sociales y Culturales.
México. E/C.12/l/Add. 41,8 de
diciembre de 1999, par. 25, y declaraciones de la Alta Comisionada:
"Todavia queda camino que recorrer para que la impunidad, los problemas de
impartición de justicia, la exclusión de los grupos indígenas, la actividad de
los grupos paramilitares, y los ataques contra los derechos humanos queden
atrás". La Jornada, 28 de Noviembre
de 1999, p. 3.
35 La Jornada, 27 de Noviembre,
1999, p. 10.
36 Informe de la Procuraduría
General de la República sobre las investigaciones del Caso Acteal, diciembre,
1998.
37 Periódico Nacional Reforma, 17
enero de 1999, p. 1. Once policias se encuentran sentenciados a 3 ahos, 9 meses
por estos hechos.
38 Municipio de Chiapas donde se encuentra la
comunidad de Acteal.
39
Integrada por policias pertenecientes a la Policia de Seguridad Pública,
la Policia Judicial Federal y la Policia Judicial Estatal, además del Ejército.
40
También declararon que José Luis Orozco, director de Seguridad Pública y
Jorge Enrique Hernández, Secretario General del Consejo de Seguridad Pública, daban
órdenes semejantes a los comandantes policíacos. La Jornada, 16 de febrero de 1999, p. 1 1.
41
Reforma, 1 1 enero de 1999. Por
su parte, Felipe Vázquez, sub-oficial de Seguridad Pública declaró que
alrededor de unos 200 paramilitares militantes del partido oficial (PRI),
sostuvieron una reunión privada en una casa en la comunidad Los Chorros con
Jorge Gamboa Solis, ex Coordinador General de las Policías y que elementos de
esa corporación montaron un operative en torno a la vivienda para proteger la
reunión, 25 días antes de la masacre de Acteal, el 25 de noviembre de
1997. A su vez, el General Julio César
Santiago Díaz, deciaró que las armas utilizadas en la masacre fueron compradas
por policías de Seguridad Pública en Guatemala y que los militates son
contratados para dar entrenamiento a los indígenas que no simpatizan con el
Ejército Zapatista de Liberación Nacional (EZLN). Diario de Chiapas, 1 Ode febrero de 1999.
42
La Jornada, 5 de abril de 1999, p. 4; 6 de abril de 1999, p. 10; 1 de
septiembre de 1999, p. 3; Cuarto Poder, 21 de julio de 1999; Expreso, I 1 de
octubre de 1999.
43 Ver
Servicio de Información Diaria sobre Derechos Humanos en México. Sididh.
PRODH. 7, 16 y 29 de enero; 16, 24 y 26 de febrero; 9, 16 y 23 de marzo;
15, 16 y 28 de abril; 6, 11,13 y 26 de mayo; 28 y 29 de junio; 8, 13 y 19 de
julio; 3, 27 y 30 de agosto; 7, 21, 28 y 30 de septiembre y 11 8 y 13 de
octubre de 1999. hftp://www.sjsocial.org/PRODH
44
Esta Ley pretende perdonar de los delitos de posesión, portación, acopio
de armas de uso exclusive del ejército y otros delitos que de estos se deriven,
a todos aquellos grupos civiles armados con excepción del Ejército Zapatista de
Liberación Nacional (EZLN) y grupos de corte paramilitar, que depongan y
entreguen voluntariamente sus armas en un periodo de 120 dfas contados a partir
de la entrada en vigor de dicha Ley.
45 Fue presentada a la Cámara de
Diputados Federal el 24 de marzo de 1999.
46 Mientras que si hubo una demanda
generalizada de crear de nuevos municipios, en los Acuerdos de San Andrés quedó
plasmado que
esta remunicipalización iba a ser de
forma consensada.
47 Al no ser producto de un consenso
con los pueblos indígenas y con el EZLN, esta Ley viola el articulo 2:11 de la
Ley para el Diálogo, la Conciliación y la Paz Digna en Chiapas, que plantea
imperativamente "atender las causas que originaron el conflicto y promover
soluciones consensadas a diversas demandas de carácter político, social,
cultural y económico, dentro del Estado de Derecho y a través de las vías
institucionales".
48 Entre las grandes carencias que
sufre dicha Ley, está la ausencia de los conceptos "autonomía" y
"libre determinación", siendo éstos el corazón de los Acuerdos de San
Andrés y la demarida principal de los indígenas. No habla del derecho de los pueblos indígenas
a decidir sus formas internas de convivencia y organización soc;ai, económica,
politica y cultural, y menos a ejercer sus formas de gobierno interno. No habla del derecho de los pueblos a aplicar
sus sistemas normativos en la regulación y solución de conflictos. La Ley únicamente "tomara en cuenta sus
opiniones para la resolución de controversies que se sometan a la jurisdicción
de los Juzgados de Paz'. La Ley no
menciona el derecho de los pueblos a ser consultados en materia de educación y
cultura y participar conjuntamente con el Estado. Asimismo, con respecto al derecho a un
desarrollo integral y sustentable, segon esta Ley, el Estado, sin consultar con
los pueblos o permitir su participación, establecerá las políticas y programas
para "beneflciarlos".
41 Entre otras cosas, propone la
creación de una nueva instancia de mediación, después de la Comisión Nacional
de Intermediación se disolvió a mediados de 1998, después de una campaha del
gobierno en su contra. También propone
investgar las denuncias de violaciones a los derechos humanos por parte de la
Procuraduría General de la República, como si eso no fuera una obligación del
gobierno. Además propone la liberación
de indígenas miembros de las bases de apoyo Zapatistas que no están
involucrados en hechos de sangre (varios de ellos ya han sido liberados, pero
de una forma más bien publicitaria. Por
ejemplo, se retraron los cargos contra las personas detenidas por los hechos en
Taniperia en 1998, cosa que la CNDH habia recomendado una aho antes, debido a
las irregularidades y detenciones arbitrarias de que fueron objeto).
50 Con la elección presidencial en
puerta, los actores involucrados en el conflicto esperaran a que se nombre al
próximo Presidente para negociar con mayor certeza.
51 La Relatora sobre Ejecuciones
advirtió que la militarización excesiva "no es la solución, sino parte del
problema" Reforma, 23 de julio de 1999, p. 2 A y la Alta Comisionada
expresó que la pesada presencia militar es parte del problema en Chiapas. La Jornada, 28 de noviembre de 1999, p. 3.
52. Ver Servicio de Información Diaria sobre
Derechos Humanos en México. Sididh. PRODH. 5, 7, 14 y 22 de enero; 2, 9, 12 y 15
de febrero; 1 1 y 26 de marzo; 7, 13, 15, 16, 19 y 28 de abril; 3, 4, 13 y 14
de mayo; 7, 15, 16 y 23 de junio; 2, 7 y 28 de julio; 3, 4, 10, 16-18, 21,
25-27, 30 y 31 de agosto; 1, 6, 14, 21 , 27 y 29 de septiembre; 4, 8, 11 y 19
de octubre de 1999, y Boletín Especial: "Chiapas: Pescar en Rio Revuelto'.
hftp://www.sjsocial.org/PRODH.
53 Periódico Nacional El Universal, Primera, p.
17, 27 de agosto de 1999.
54 Amador Hernández y la Crisis de Agosto de
1999 en Chiapas. Centro de Derechos
Humanos 'Fray Bartolomé de Las Casas". septiembre de 1999.
55 La propia CNDH ha mantenido una postura
contradictoria con respecto a la militarización en Chiapas. Por un lado se ha pronunciado a favor de la
presencia militar, argumentando la supuesta protección que podria proporcionar
a la población y as( evitar casos como el de Acteal. Sin embargo, en el informe anual de la CNDH
de junio de 1998, se asienta que luego de 482 visitas realizadas, en 173
comunidades de La Selva y Los Altos de Chiapas "... se observó la
constants presencia del Ejército Mexicano, como un factor que, entre otros,
altera la convivencia de las comunidades indigenas, sobre todo de aquellas que
de ninguna forma intervienen en el conflicto existente".
56 Reforma,
27 de noviembre de 1999, p. 8 A.